La Junta de Gobierno de la IFLA aprobó una declaración sobre el “Derecho al Olvido” que sugiere que las bibliotecas participen en los debates sobre el tema en sus propias regiones y además identifica cuestiones de interés.  El “derecho al olvido” se refiere a la posibilidad de las personas de solicitar que un buscador (u otro proveedor de datos) elimine enlaces con información sobre ellas de los resultados de búsqueda obtenidos.  La IFLA ha tomado conocimiento de la aplicación global de esta práctica a partir de los fallos judiciales y la legislación al respecto y ha emitido un informe de antecedentes para acompañar su declaración.

El derecho al olvido plantea a las bibliotecas cuestiones que incluyen la integridad de los archivos históricos y el acceso a los mismos, la libertad de acceso a la información y la libertad de expresión, y el derecho a la privacidad de las personas.  La información publicada en Internet puede ser valiosa para investigadores profesionales o para el público en general por lo tanto, en términos generales, no se la debería ocultar, eliminar ni destruir intencionalmente.  La IFLA encuentra que no es posible cumplir con la libertad de acceso a la información si ésta es eliminada o destruida.  La IFLA acepta la necesidad de proteger la privacidad de las personas vivas, la confidencialidad de sus actividades comerciales y la seguridad de la información gubernamental en la medida que estos objetivos no estén en conflicto con un bien público mayor.

La IFLA insta a los bibliotecarios profesionales a participar en los debates sobre el derecho al olvido, apoyando el derecho a la privacidad de las personas y asistiendo a las personas en su búsqueda de información.  A tal fin, los bibliotecarios deberían:

  • Concientizar a las autoridades responsables de las políticas para que aseguren que el derecho al olvido no es aplicable cuando sea necesario conservar los enlaces en los resultados de los motores de búsqueda para fines históricos, estadísticos y de investigación; por causas de interés público, o por el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
  • Apoyar plenamente el acceso a la información de los investigadores que buscan información personal identificable con propósitos biográficos, genealógicos y para otras investigaciones y publicaciones, y defender a las autoridades responsables de las políticas cuando estas políticas relacionadas con el derecho al olvido pudieran generar la destrucción o pérdida del acceso a la información con estos fines.
  • Oponerse a la eliminación de enlaces de los resultados de búsquedas de figuras públicas por su nombre.
  • Promover la transparencia en los criterios y procesos utilizados por los motores de búsqueda en las decisiones sobre el derecho al olvido.
  • Continuar promoviendo la práctica de indización por nombre para asegurar la continua disponibilidad de contenidos con fines históricos y de investigación.
  • Aconsejar a los usuarios de bibliotecas, en contextos nacionales o regionales en los que el derecho al olvido pudiera estar vigente, para que naveguen en Internet a través de más de un motor de búsqueda nacional, y con distintos términos de búsqueda, de modo de maximizar sus oportunidades de localizar la información deseada que se hubiera podido publicar en Internet.   
  • Apoyar a las personas que solicitan asistencia para encontrar más información sobre la aplicación del derecho al olvido a sus circunstancias particulares. 

Leer la Declaración completa de la IFLA sobre el Derecho al Olvido y el informe de fundamentos.

La declaración fue redactada conjuntamente por los miembros de los Comités de la IFLA sobre Libre Acceso a la Información y Libertad de Expresión (FAIFE por sus siglas en inglés) y de Derechos de Autor y Otras Cuestiones Legales (CLM por sus siglas en inglés).